La Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente (DEMUNA) es un servicio encargado de proteger y promover los derechos de los niños, y adolescentes en la jurisdicción de la municipalidad. Desde 1997 está considerada en la Ley Orgánica de Municipalidades como una función de los Gobiernos Locales.
Base Legal.
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Resolución Legislativa 25278, que aprueba la Convención sobre los Derechos del Niño.
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Decreto Ley 26102, Código de los Niños y Adolescentes (artículos 45° al 50°).
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Texto Unico Ordenado de la Ley 26260, Ley de Violencia Familiar (artículo 30°), D.S. 006-97-JUS.
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Ley 23853, Ley Orgánica de Municipalidades (artículo 67°, inciso 1). Modificado por Ley 26875.
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Ley 26872, Ley de Conciliación y su ampliatoria Ley 27007.
Funciones.
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Conocer la situación de los niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas.
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Intervenir cuando estén en conflicto sus derechos a fin de hacer prevalecer su interés superior.
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Promover el fortalecimiento de los lazos familiares. Para ello podrá efectuar conciliaciones entre cónyuges, padres y familiares, fijando normas de comportamiento, alimentos, colocación familiar provisional, siempre que no existan procesos judiciales abiertos sobre estas materias.
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Promover el reconocimiento voluntario de filiaciones.
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Orientar programas en beneficio de los niños y adolescentes que trabajan.
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Brindar orientación a la familia para prevenir situaciones críticas.
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Presentar denuncias ante las autoridades competentes por falta y delitos en agravio de los niños y adolescentes e intervenir en su defensa.
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Llevar a cabo audiencias de conciliación destinadas a resolver conflictos originados por violencia familiar.
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Al entrar en vigencia Ley de Conciliación cumple función de instancia pre judicial y sus Actas tendrán título de ejecución.
Labor de la DEMUNA.
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Ofrece atención gratuita y confidencial de casos de alimentos, régimen de visitas, maltrato, violencia familiar, reconocimiento voluntario de filiación, y, en general situaciones que afecten los derechos de los niños y adolescentes.
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Realiza difusión y capacitación sobre Derechos del Niño.
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Impulsa actividades preventivas y de movilización social por los Derechos del Niño.
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Coordina permanentemente con instituciones y organizaciones locales para atender los problemas de los niños, adolescentes y familia.
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Denuncia delitos en agravio de niños y adolescentes.
Cómo se crea la DEMUNA.
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Por acuerdo de sesión de concejo se crea la DEMUNA y designa el responsable.
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El responsable es un profesional (abogado, psicólogo, trabajador social, educador u otra especialidad), con vocación de servicio y solvencia moral.
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Si la Municipalidad no cuenta con profesionales, la responsabilidad podrá ser asumida por persona que reúnan los requisitos de idoneidad y se capaciten. También se puede designar a un funcionario que ya está laborando en el Municipio y que pueda asumir las siguientes tareas:
Quiénes pueden pedir la intervención de la DEMUNA.
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Los propios niños, niñas y adolescentes.
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La madre, el padre o cualquier otro familiar.
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Cualquier persona que conozca de una situación que afecte los derechos del niño y adolescente.
Vision
Brindar atención, orientación y/o asesoramiento psicológico – asesoría Legal a los niños, niñas, adolescentes y familia, promoviendo el respeto de sus derechos, desarrollo integral, defensa y vigilancia.
Mision
Ser un servicio de calidad que protege, promueve y vigila el cumplimiento de los derechos que la ley reconoce a los niños, niñas y adolescentes coordinando, impulsando y capacitando.
DIRECCIÓN: SEGUNDO PISO TERMINAL PROVINCIAL MOHO
TELÉFONO: 951936891





